Son responsables de asegurar que se presten a los habitantes de su territorio, de manera eficiente, los servicios domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, por empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto o directamente por la administración central del respectivo municipio, de acuerdo con lo dicho por la Ley. Departamentos (Arts. 298, 356, 365, 367, 368 Constitución Política; Art. 7º Ley 142 de 1994; Art. 64 Ley 99 de 1993, entre otros):
- Los departamentos ejercen funciones administrativas, de coordinación, de complementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y los municipios y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y las leyes. Nación – Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Departamento Nacional de Planeación. (Arts. 356, 365, 367, 368 Constitución Política; Arts. 1º y 2º Decreto 216 de 2003 y Decreto 195 de 1994, entre otros).
- Contribuye y promueve el desarrollo sostenible a través de la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación en materia de agua potable y saneamiento básico y ambiental.
- Coordina a todas las entidades y organismos públicos para garantizar el debido cumplimiento y ejecución de las políticas, los programas y los proyectos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo.
- Apoyo financiero a las entidades territoriales que soliciten recursos para proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo, de acuerdo con la disponibilidad de recursos con que cuente el Ministerio y previo al cumplimiento de los requisitos técnicos que permitan su viabilidad.
A través de la Resolución 379 de 2012, se establecen los requisitos de presentación, viabilización y aprobación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación; así como de aquellos que han sido priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua y de los Programas que implemente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico.
El Mecanismo de Viabilización de Proyectos es el proceso mediante el cual el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico, evalúa y aprueba los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación, así como de aquellos que han sido priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua y de los Programas que implemente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico. La evaluación de dichos proyectos contemplan los requerimientos legales, técnico, financiero, ambiental, entre otros, que son indispensables para la correcta ejecución de las obras del sector.
Son un conjunto de estrategias de planeación y coordinación interinstitucional formuladas y ejecutadas con el objeto de lograr la armonización integral de los recursos y la implementación de esquemas eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, teniendo en cuenta las características locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y personas prestadoras de los servicios públicos y la implementación efectiva de esquemas de regionalización.
Es un conjunto de herramientas aplicado a la difusión del componente social y de información dentro del marco del Plan Departamental para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento – PDA, a nivel nacional, teniendo en cuenta sus alcances, elementos, herramientas, responsables, avances y demás aspectos puntuales que sean de esencial conocimiento por la comunidad, los prestadores de servicios y las autoridades locales, a través de la participación ciudadana y la comunicación desarrollando diversas actividades con la comunidad.
El uso racional del agua remite el control y gestión del consumo de agua. Es un concepto incluido en la política general de gestión de los recursos naturales renovables y asociado a un desarrollo sostenible que debe permitir el aprovechamiento de los recursos, en este caso del agua, de manera eficiente garantizado su calidad, evitando su degradación con el objeto de no comprometer ni poner en riesgo su disponibilidad futura. Estos principios se aplican en proyectos de ingeniería, arquitectura, urbanismo y agricultura que esté concebido en el marco de la protección y conservación de los recursos naturales. El agua se considera un recurso renovable limitado.
Es el Instrumento para el manejo de los recursos de los PAP – PDA (Programa Agua y Saneamiento Para la Prosperidad – Planes Departamentales de Agua) cuyo objetivo es ser el mecanismo financiero para la administración, garantía y pago.
Son un conjunto de estrategias de planeación y coordinación institucional 1 / 2 Descripción formuladas y ejecutadas con el objeto de lograr la armonización integral de los recursos y la implementación de esquemas eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, teniendo en cuenta las características locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y personas prestadoras de los servicios públicos y la implementación efectiva de esquemas de regionalización.
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